DISPOSITIVA
Como consecuencia de todo lo anterior, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
UNICO: Se DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO sobre un inmueble constituido por un deposito signado con el No. Local 4, de la Mezzanina del Edificio Boyacá y Pichincha, con una superficie aproximada de OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (86 mts2), en la Urbanización el Conde de la Parroquia San Agustín, Municipio Libertador, Distrito Capital, de conformidad con el artículo 585, con el ordinal 2º del artículo 588 y con el ordinal 7º del artículo 599, todos del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los quince (.....