Por las razones antes expuestas, este Tribunal declara CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO solicitada por el ciudadano EDGAR ALAN MARSHALL DÍAZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V- 27.086.041, y actuando en su nombre y representación los abogados FABIO VOLPE LEÓN y VITINA ARDIZZONE SALADINO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números: 30.349 y 56.384, y en tal sentido ordena que se rectifique el Acta de Nacimiento del ciudadano EDGAR ALAN MARSHALL DÍAZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V- 27.086.041, mediante el cual solicita la Rectificación de su Acta de Nacimiento, inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimiento de la Parroquia El Cafetal, Municipio Baruta del Estado Miranda, acta Nro. 171, folio Nro. 171, tomo Nro. 3 del año 1999, ya que al poseer el mismo nombre que su padre EDGAR GARY MARSHALL FRANK y de su abuelo paterno EDGAR FELIPE MARSHALL BALZA, ha ocasionado que su desenvolvimiento .....