DECISIÓN
Por todo lo expuesto en nombre de la República y por Autoridad de la Ley se declara el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa por extinción de la acción penal, en beneficio de las adolescentes (Identidad Omitida) por el delito de Lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal, en perjuicio de la adolescente (Identidad Omitida).
Archívense las actuaciones en su oportunidad.
Notifíquese.
El Juez de Control No. 1,
Abg. AURA OTTAMENDI El Secretario,
Abg. LISET GUDIÑO PARILLI