Decisiones del dia 15/10/2012
N° Expediente :
KP02-R-2012-658
N° Sentencia :
Fecha: 15/10/2012
Procedimiento: Recurso De Apelación
Partes: FARMACIA BARRIO NUEVO, C.A. VS. PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 328, EMANADA DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO JOSÉ PÍO TAMAYO DEL ESTADO LARA, DE FECHA 26 DE FEBRERO DE 2010, EN PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO INICIADO EN RAZÓN DE LA VISITA REALIZADA A LA EMPRESA POR LA UNIDAD DE SUPERVISIÓN DEL TRABAJO DE LA SEGURIDAD E INDUSTRIAL DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Resumen:
En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 09 de mayo de 2012, por el apoderado judicial de la parte accionante, contra la sentencia del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 04 de mayo de 2012.
En consecuencia SE REVOCA la sentencia recurrida y se ordena la reposición de la causa al estado que el Juzgado de instancia se pronuncie se pronuncie sobre la admisión de la demanda y continúe con el presente procedimiento.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Expídase copia certificada de la presente sentencia para ser agregada al Libro respectivo, conforme a lo dispuesto en el artículo 248 del Código de P.....
Juez/Ponente:
Wiliam Ramos
Organo:
Juzgado Superior Primero del Trabajo
N° Expediente :
KP01-D-2012-000493
N° Sentencia :
S-N
Fecha: 15/10/2012
Procedimiento: Auto De Ejecución De Sanción
Partes: SANCIONADO IDENTIDAD OMITIDA.FISCALIA 18 DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ESTADO LARA. DEFENSA PRIVADA
Resumen:
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en cumplimiento a la sentencia condenatoria de fecha 13-03-2012, ejecuta la Sentencia donde ordena al Joven IDENTIDAD OMITIDA, a cumplir la siguiente sanción: REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de Dos (02) Años, se le impone las siguientes obligaciones: : a) Residir en lugar determinado en caso de cambio informar al tribunal, b) No portar armas de fuego ni armas blancas, c) continuar con su proceso educativo, d) consignar constancia de estudios cada tres meses, e) Prohibición de consumir drogas ni ninguna otra sustancias, f) asistir a charlas impartidas en la ONA, participar en programas de rehabilitación de drogas; g) no incurrir nuevamente en ningún otro hecho delictivo y consignar las debidas constancias.
El joven iniciará el cumplimiento de la medida desde la fecha de audiencia para notificarlo de esta decisión.
De conformidad con lo establecido en los artículos 49.3 .....
Juez/Ponente:
Alexander Godoy
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del L.O.P.N.A