Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Competente para conocer la presente Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano RAFAEL ANTONIO DORANTE LINAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.187.398, actuando en nombre propio y en representación de los ciudadanos CARLOS ALBERTO DORANTE LINAREZ, PASTORA MERCEDES LINAREZ, JOSE LEANDRO LINAREZ, JOSE LUIS LINAREZ, BENIGNO ANTONIO DORANTE LINAREZ, SEVERIANA DEL CARME LINAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédula de Identidad Nros. V- 10.844.290, V- 7.363.077, V- 7.397.466, V- 7.364.262, V- 7.420.577, V- 7.389.93, respectivamente. Así mismo, de las ciudadanas, GENESIS ANDREINA LINAREZ LINAREZ, GEORGIS ALEJANDRA LINAREZ LINAREZ, GEOSIBEL ALEXANDRA GOYO LINAREZ, venezolanas, mayores de edad, titu.....