III
Decisión
Por las razones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO (ORDINARIA), formulada por el ciudadano JOSÉ ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA, asistido por la abogada Mariela Angulo de Moreno, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 20.233, y ordena en forma ordinaria a la ciudadana Registrador Principal del Estado Carabobo, estampar la nota marginal en el duplicado del Libro de Registro Civil de Nacimientos, llevado ante la Oficina Subalterna del Registro Civil de la Parroquia Juan José Flores, Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, bajo el No. 131, Folio 131, Tomo 1, Donde Dice: Sonia Betzi Rocabado, refiriéndose al nombre de la madre del solicitante; Debe Decir: Sonia Betzi Rivera Rocaba.....