ribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, por la competencia atribuida en el literal “d” parágrafo segundo del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los artículos 1142, 1146 y 1157 del Código Civil declara SIN LUGAR la declaratoria de nulidad con pacto de retracto solicitado por la ciudadana EDILIA MIREYA BUCARELO AZUAJE, en su carácter de tutora ordinaria de XXXXXX y XXXXXX BUCARELO AGÜERO, plenamente identificados.