UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha PARTIDA DE NACIMIENTO, del ciudadano ALBERTO RAMON VARGAS SIBRIAN, venezolano, mayor de edad, sin cédula de identidad, y de este domicilio, en el sentido de que se asiente correctamente el nombre de su madre como: "CARMEN JESUCITA SIBRIAN DE VARGAS".- En consecuencia, se ordena a la Prefectura del Municipio Urdaneta del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, inserten la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento signada bajo el Nº 192, folio Nº 96vto, del año 1972. Queda firme en esta misma fecha.-