Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243, 244 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, DECLARA:
Primero: Se NIEGA la admisión del recurso de casación anunciado en fecha 09 de octubre de 2023, por el abogado FÉLIX ANTONIO BRAVO MAYOL, actuando en su carácter de apoderado judicial de los codemandados ciudadanos MANUEL LEONARDO LOBATON CAVALIERI, MOISÉS IGNACIO LOBATON DELGADO, ENMANUEL ALEJANDRO LOBATON DELGADO, HARRY LEONARDO LOBATON OCHOA, DAVID VALENTÍN LOBATON CAVALIERI Y CATHERINE NAINA LOBATON MORGADO, contra la sentencia interlocutoria dictada por este Tribunal en fecha 28 de septiembre de 2023, en el presente juicio que por ACCION MERODECLARATIVA DE CONCUBINATO incoara contra sus re.....