Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental. ADMITE el presente Recurso Contencioso Tributario, interpuesto Subsidiariamente al Recurso Jerárquico, en cuanto a lugar en derecho, de acuerdo a lo señalado en el artículo 267 del Código Orgánico Tributario. Procédase su tramitación y sustanciación, de conformidad con lo establecido en el artículo 268 y siguientes del Código Orgánico Tributario.