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Decisiones del dia 16/12/2004 |
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N° Expediente :
C-25003
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N° Sentencia :
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Fecha: 16/12/2004 |
Procedimiento: Homolog. Oblig. Alimentaria |
Partes: NIÑOS Y/O ADOLESCENTES: DULCE ANDREINA Y RICARDO JOSE FARFAN BOLAÑOS |
Resumen:
Se verifica que se encuentran cumplidos los requisitos de eficacia, validez y suficiencia de la conciliación, aunado al hecho que no es contraria al interés superior del niño, y por ende es procedente la homologación de la misma. Y así se declara y decide.
Por virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 315 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA HOMOLOGADA LA CONCILIACIÓN HABIDA, A LOS FINES DE QUE ALCANCE EL CARÁCTER DE SENTENCIA DEFINITIVAMENTE FIRME Y EJECUTORIADA, Exhortando a las partes, plenamente identificadas, a cumplir de buena fe el acuerdo contenido en la Conciliación descrita.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Protección del Niño y el Adolescente de la Circunscripción Judicial de.....
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Juez/Ponente:
Carla Solyan Vásquez Borges
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Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
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N° Expediente :
2004-7028
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N° Sentencia :
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Fecha: 16/12/2004 |
Procedimiento: Indemnización Por Accidente De Trabajo |
Partes: OLIVER CAPRILES / HOSPITAL CENTRO JOSE FRANCISCO MOLINA SIERRA, ADSCRITO AL INSTITUTO VENEZOLANA DE LOS SEGUROS SOCIALES I.V.S.S. |
Resumen:
TERCERO:
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, del Trabajo y Bancario de la Circunscripción Judi-cial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por auto-ridad de la Ley, declara sin lugar la cuestión previa opuesta por el ciudadano JOSE AN-TONIO BARBOUR LANDA, con el carácter de Director del HOSPITAL DR. JOSE FRANCISCO MOLINA SIERRA, del INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGURO SOCIALES, Puerto Cabello, asistido de la Abogada GLORIA LOPEZ UZCATEGUI, en el juicio seguido por el ciudadano OLIVER ARTURO CAPRILES PAEZ, al no resultar pro-cedente la cuestión previa opuesta por incompetencia del Tribunal según el Ordinal 1º del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, declarándose que este Juzgado es compe-tente para continuar el conocimiento de la causa. Y así se decide.
Por la naturaleza de la decisión dictada no se emite pronunciamiento al pago de cos-tas procesales......
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Juez/Ponente:
Jesús Enrique Belandria
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Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Trabajo
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N° Expediente :
C-25031
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N° Sentencia :
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Fecha: 16/12/2004 |
Procedimiento: Homologación Régimen De Visitas |
Partes: NIÑOS Y/O ADOLESCENTES: MELVIS JOSE Y LUSMERLI ANDREINA ALVIZU CASTILLO |
Resumen:
Se verifica que se encuentran cumplidos los requisitos de eficacia, validez y suficiencia de la conciliación, aunado al hecho que no es contraria al interés superior del niño, y por ende es procedente la homologación de la misma. Y así se declara y decide.
Por virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 315 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA HOMOLOGADA LA CONCILIACIÓN HABIDA, A LOS FINES DE QUE ALCANCE EL CARÁCTER DE SENTENCIA DEFINITIVAMENTE FIRME Y EJECUTORIADA, Exhortando a las partes, plenamente identificadas, a cumplir de buena fe el acuerdo contenido en la Conciliación descrita.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Protección del Niño y el Adolescente de la Circunscripción Judic.....
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Juez/Ponente:
Carla Solyan Vásquez Borges
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Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
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N° Expediente :
C-25005
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N° Sentencia :
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Fecha: 16/12/2004 |
Procedimiento: Homologación Régimen De Visitas |
Partes: NIÑAS Y/O ADOLESCENTES: YULEISMA ANDREINA Y MELANIS ANDREINA ARRAIZ DITTA |
Resumen:
Se verifica que se encuentran cumplidos los requisitos de eficacia, validez y suficiencia de la conciliación, aunado al hecho que no es contraria al interés superior del niño, y por ende es procedente la homologación de la misma. Y así se declara y decide.
Por virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 315 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA HOMOLOGADA LA CONCILIACIÓN HABIDA, A LOS FINES DE QUE ALCANCE EL CARÁCTER DE SENTENCIA DEFINITIVAMENTE FIRME Y EJECUTORIADA, Exhortando a las partes, plenamente identificadas, a cumplir de buena fe el acuerdo contenido en la Conciliación descrita.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Protección del Niño y el Adolescente de la Circunscripción Judicial de.....
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Juez/Ponente:
Carla Solyan Vásquez Borges
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Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
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