este Tribunal DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUIDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente incidencia de Custodia, incoada por la ciudadana DIADEMA YOLANDA SÁCHEZ BARRIOS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-6.240.164, en contra del ciudadano CARLOS ANTONIO PEINADO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-9.299.897, a favor del adolescente, en consecuencia se atribuye el ejercicio de la citada institución de Protección, es decir la Custodia del adolescente, a la progenitora MARIA ISABEL NOGALES ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-6.184.625, quien queda obligada asumir la custodia de su hijo de conformidad con lo establecido en el artículo 359 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niñ.....