Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, de conformidad con el encabezamiento del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos:
1. Declara admisible el recurso de apelación interpuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 447.4 del Código Orgánico Procesal Penal, por la abogada JESSICA J. PEREIRA CASTILLO, en su carácter de Fiscal Auxiliar Octava del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, contra la decisión del 28 de enero de 2011, dictada por el Juez Vigésimo Segundo (22º) de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual otorgó al imputado ÁNGEL ANTONIO SANDOVAL LEÓN, medidas cautelares sustitutivas de liber.....