declara INADMISIBLE LA PRESENTE ACCION DE AMPARO y SIN LUGAR las apelaciones interpuestas en fecha 15 de agosto de 2006 por la abogada TIRSA LEAL, en su carácter de apoderada judicial de la parte accionante, y de la apelación interpuesta por la parte accionada contra la sentencia dictada en fecha 11 de agosto de 2006 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas.
Se CONFIRMA la decisión dictada en fecha 11 de agosto de 2006, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, pero en los términos expuesto en el cuerpo del presente fallo.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza jurídica del presente fallo.
Remítase el presente expediente al Tribunal de origen en su oportunidad legal.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias de este Tribunal.