Se acuerda la corrección de la referida sentencia en los siguientes términos: 1) Donde dice: "...NELIDA MERCEDES BORTOT GAMEZ y ROMEL RAMON DURAN venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 5.651.647 y 7.009.635, respectivamente...". Debe decir: "...NELIDA MERCEDES BORTOT GAMEZ y ROMEL RAMON DURAN venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 7.009.635 y5.651.647, respectivamente...", como es lo correcto y verdadero, quedando vigente el resto de la sentencia.