, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, habilitando el tiempo necesario de conformidad con lo establecido en los artículos 192 y 193 del Código de Procedimiento Civil, y administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, por la competencia atribuida en el literal "d" del Parágrafo Cuarto del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y de acuerdo a lo establecido en los artículos 385 y 387 eiusdem, HOMOLOGA el acuerdo suscrito por los ciudadanosIDENTIDAD OMITIDA, ya identificados, en beneficio de los niños IRMARY DESIREE y LUIS FERNANDO, y se establece lo siguiente:
PRIMERO: La madre retirara los niños del hogar paterno DOS FINES DE SEMANA AL MES, de manera alterna, en horario comprendido entre el día SABADO a las 09:00 a.m., hasta el día DOMINGO a las 06:00 p.m.
SEGUNDO: Los días festivos de carnaval, Semana Santa, 24 y 31 de diciembre, ambos padres disfru.....