DISPOSITIVA
Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en sede Constitucional, en Primera Instancia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Declara INADMISIBLE, la acción de Amparo Constitucional intentada por los Abogados Felipe López, Jesús Bastidas y Yolanda Chirinos, en su condición de defensores privados de los ciudadanos Adeliz Morales, Raúl Mejías, William Ramírez, Antonio Luzardo, Grismal Rincón, Omar Montilva y Jesús Osorio, presuntos agraviados, en contra del Tribunal Undécimo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, extensión Carora, de conformidad con el artículo 6 numeral 1º de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
No hay condenatoria en costas, por la naturaleza misma del amparo.
Contra esta decisión a las partes les asiste el derecho de apelar dentro de lo.....