IV
DECISIÓN
Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos, por el ciudadano Miguel Adolfo Anzola Crespo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 31.267, actuando en su carácter de apoderado judicial de la empresa mercantil URBASER BARQUISIMETO C.A. inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 05 de febrero de 1998, bajo el Nº 20, tomo 6-A, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 01101, expediente Nº 005-2007-06-000767, de fecha 31 de agosto de 2009, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA, SEDE JOSÉ P.....