Ante estas consideraciones este sentenciador comparte los fundamentos de la Fiscalía del Ministerio Público, toda vez que dicha solicitud encaja y se adecua perfectamente a lo dispuesto en el artículo 318, ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, ya que concurre una causa de justificación como lo es la inculpabilidad. En consecuencia, este Tribunal de Control Nº 6, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO EN LA PRESENTE CAUSA a favor de los ciudadanos funcionarios C/1RO. CARLOS PEREZ Y DTGO. ANDRY ESCALONA, adscritos al puesto policial de la Sábila de la Fuerza Armada Policial del estado Lara, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 2º Ejusdem, en concordancia con lo preceptuado en los artículos 320 y 323 del Código Orgánico Procesal Penal. Por el delito Privación Ilegitima de Libertad, Notifíquese a las partes, Ofíciese al Ministerio Público. Regístrese, Publíquese, Cúmplas.....