Vista la transacciòn que antecede suscrita por la parte Oferente y la parte Oferida. Este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo y por cuanto que no se han vulnerado los derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.