este Tribunal en el ejercicio de la potestad cautelar que le reconoce nuestro Código Adjetivo decreta MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, de conformidad con lo dispuesto con el artículo 585 en concordancia con el artículo 588 Ordinal 3º ambos del Código de Procedimiento Civil, sobre el siguiente bien inmueble: "Constituido por un apartamento distinguido con el Nº PH-2, el cual forma parte del edificio Residencias Las Trinitarias, situado con frente sobre la avenida El Ejército cruce con Calle Los Liberales de la urbanización El Paraíso, jurisdicción de la Parroquia San Juan, departamento Libertador del Distrito federal, hoy Municipio Libertador, Distrito Capital, cuyos linderos y medidas y demás determinaciones consta del documento de Condominio respectivo, protocolizado en la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Departamento Libertador del Distrito Federal, hoy Municipio Libertador, Distrito Capital, el 18 de Agosto de 1997, bajo el Nº 25, Folio 161, Protocol.....