PRIMERO: Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Fiscal Primero Auxiliar del Ministerio Público. SEGUNDO: REVOCA la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 01 de este Circuito Judicial en 01 de Marzo de 2006, mediante la cual decretó medidas cautelares Sustitutivas de la Privación de Libertad al imputado FELIX GONZALO CALERO ESAAC, titular de la cédula de identidad N° 19.860.871, de conformidad con el artículo 256, Ordinales 3° y 6°, del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Dicta medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, la cual será ejecutada por la Juez A quo, conforme a lo dispuesto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo dispuesto en el parágrafo primero del artículo 251 eiusdem y en el parágrafo único del artículo 458 del Código Penal.