La Corte declaró que es COMPETENTE para conocer de la apelación interpuesta contra la decisión dictada en fecha 29 de julio de 2008, por el Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante el cual declaró inadmisible el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto; REVOCA la referida decisión y; ORDENA al referido Juzgado, proceda a pronunciarse sobre el mérito de la presente causa.05