este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos ZULEIDY CRISTINA POLANCO IBARRA y ROMER ALEXANDER FIGUEIRA MONSALVE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 16.802.863 y V- 16.503.164, respectivamente asistidos por la Abg. ERILIANA MERCEDES SEQUERA PEREZ, I.P.S.A. Nº 168.622,, y de este domicilio, en consecuencia, se DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído en fecha 21 de Mayo del 1984, por ante el Registro Civil de la Parroquia Juan José Flores, Municipio Puerto Cabello, Estado Carabobo, tal como se evidencia de la copia certificada del acta del matrimonio si.....