En virtud de lo antes expuesto, es por lo que este Juzgado del Municipio Bermúdez del segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara incompetente por la cuantía para seguir conociendo del presente procedimiento y en consecuencia, declina la competencia ante el Juzgado de primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, a donde se ordena remitir el expediente original en su oportunidad legal correspondiente.- Y así se decide.-