este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA las medidas cautelares sustitutivas que le fueran impuestas a los imputados en audiencia de fecha 29 de Enero de 2005, conforme a lo dispuesto en los literales b, c, d, e, f y g del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; así pues, se ordena la libertad de los adolescentes sin restricciones de ninguna naturaleza. Asimismo, visto el escrito presentado por el defensor REYNALDO GOMEZ, mediante el cual solicita la fijación de un plazo prudencial para la conclusión de la investigación, se ordena agregarlo a los autos de inmediato, y en atención a su contenido, se fija audiencia para oír a las partes para el día 11 de Noviembre de 2005, a las Doce horas del mediodía (12:00 AM). Notifíquese a las partes. Librese boletas y oficio Cúmplase