este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley ACUERDA la conversión en divorcio, en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que contrajeron los ciudadanos MARIA LAURA FOIS MANUNTA y EDUARDO ANTONIO NIÑO AGUIN, ya identificados, ante el Jefe Civil de la Parroquia Santa Rosa del Municipio Iribarren, del Estado Lara, en fecha 26 de Enero 1996, acta Nro 16 folio 24 fte. Los padres ejercerán la Patria Potestad de su hijo EDUARDO ENRIQUE, quien quedará bajo la Guarda de la madre. El Primer Aparte del Artículo 76 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela contempla textualmente. “El padre y la madre tienen el deber compartido e irrenunciable de criar, formar, educar, mantener y asistir a sus hijos e hijas....” Se fija una pensión de alimentos en la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (150.000,00 Bs.) Mensuales, los cuales serán depositados en una Cuenta de Ahorro Nro 3073445613 existente en Corp Banco, a.....