Por consiguiente este Juzgado en virtud de no haber sido impugnada por las partes, aprecia dicha experticia y en consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, ordena a la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital, cancelar al querellante la cantidad de TREINTA Y TRES MILLONES CIENTO SESENTA MIL QUINIENTOS DOS BOLIVARES CON DIEZ CÉNTIMOS (Bs. 33.160.502,10), por concepto incrementos de sueldos al personal de Alto Nivel del período 01-01-98 al 31-08-00, concepto del 10% de aguinaldo de tres meses dejado de cancelar correspondiente al año 2.000, correspondiente al incremento del 10% de Bono Vacacional dejado de cancelar, correspondiente al pago establecido en el articulo 55 de la Ordenanza de Carrera Administrativa, para los Empleados o Funcionarios Públicos al Servicio del Municipio Libertador del Distrito Federal, correspondiente a los años 1996, 1997, 1998, 2000 y 2001 y el calculo los intereses de mora generados po.....