Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PROCEDENTE la acción de amparo cautelar solicitada. En consecuencia, se ordena a la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas cancelar a la ciudadana ANA MARIA DA SILVA BANDES, la pensión de jubilación otorgada mediante Resolución No. 015076, suscrita por el Alcalde Antonio Ledezma, con un monto mensual de Bs. 2.159,50, notificada el día 30 de noviembre de 2009, mediante Oficio No. 007142 suscrito por Moravia Blanco, Directora General de Recursos Humanos.