Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala 8 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Penal del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR, el recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano Abogado JESÚS ANTONIO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ, en representación del ciudadano TREVOR ERIC NATHALIER GEORGE.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada el día 05 de mayo de 2011 por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 48 de este mismo Circuito Judicial Penal, mediante la cual en la Audiencia Preliminar NIEGA la Admisión de las pruebas ofrecidas por la Defensa, esto de conformidad con lo establecido en el ordinal 7º del artículo 328 en concordancia con el ordinal 9º del artículo 330 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese, diarícese, notifíquese a las partes y remítase de inmediato al Tr.....