Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto, por el ciudadano PEDRO PABLO BUROZ RODRIGUEZ, asistido del abogado MANUEL ALFONZO DELHOM MARTINEZ, en su carácter de solicitante, contra la decisión de fecha 18-03-02, dictado por la Juez N° 5 del Tribunal de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal.