DISPOSITIVA:
Es por las razones antes expuestas que este Tribunal de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: Se admite conforme al artículo 330, numeral 2do del Código Orgánico Procesal Penal totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público en contra del ciudadano: Daniel Rodríguez Oropeza, cédula de identidad N° 8.812.052, nacido en La Victoria, Estado Aragua, el 27-10-1964, de 47 años de edad, Venezolano, casado, de Ocupación Chofer, grado de instrucción 6º grado de educación básica, hijo de Elba Rosa Oropeza y Ramiro Rodríguez, residenciado en Barrio El Cementerio, calle principal La Terraza, casa Nº 24ª, color naranja, La Victoria, Estado Aragua, teléfono 0244-3218757, por la comisión del delito de: CONTAMINACION POR UNIDADES DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el artículo 46 de la Ley Penal del Ambiente, por cuanto la misma cumple con .....