Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara penalmente responsable, y sanciona por el procedimiento especial de admisión de los hechos, a los Acusados XXXXXXX, venezolano, natural de Cumaná, Estado Sucre, titular de la cédula de identidad No. XXXXXX, nacido en fecha 10/03/1996, de 16 años de edad, soltero, de ocupación estudiante, hijo de XXXXX y XXXXXXX, residenciado en XXXXXX; XXXXXXXX, venezolano, natural de Cumaná, Estado Sucre, titular de la cédula de identidad No. XXXXX, nacido en fecha 27/04/1996, de 16 años de edad, soltero, de ocupación vendedor, hijo de XXXXXX y XXXXXX, residenciado en XXXXXXX; y XXXXXX, venezolano, natural de Cumaná, Estado Sucre, titular de la cédula de identidad No. XXXXX, nacido en fecha 05/12/1997, de 14 años de edad, soltero, de ocupació.....