Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada MIRVI C. GARCÍA ESCALONA, en su carácter de DEFENSORA AD-LITEM de la parte demandada.
2. SE REVOCA la sentencia dictada por el JUZGADO CUARTO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, de fecha 24 de Marzo de 2006, que declara: PROCEDENTE, la pretensión, intentada por la ciudadana: KATINA CAMATZIA DE KIRIAKIDIS, representada por los abogados Reinal Pérez Viloria y Marisela Anzola Ramírez, contra la Firma Mercantil DISTRIBUIDORA REMOBECA C.A, representada por la Abogada Mirvic García, todos identificados en autos, por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. En consecuencia, se resuelve el contrato de arrendami.....