Ahora bien, por cuanto hasta la presente fecha no se ha recibido resultas de oficios enviados al Director del C.I.C.P.C, Delegación Cumaná; sobre la orden de CAPTURA dictada en contra del acusado ROSENDO JOSÉ ROJAS JIMENEZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 12.638.867; por la presunta comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, en perjuicio de GLADYS JOSEFINA PEREZ; este Tribunal Tercero de Juicio ACUERDA RATIFICAR ORDEN DE CAPTURA; a tal efecto ofíciese al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas a nivel nacional, Guardia Nacional y al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, y una vez capturado sea recluido en la Comandancia de la Policía del Estado Sucre donde quedará recluido por orden de este Tribunal Tercero de Juicio, a los fines de dar continuidad al presente proceso.