Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Control Nº 2, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, por operar una causa de extinción de la acción penal como lo es el cumplimiento del lapso de suspensión condicional del proceso (artículo 48 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal), al ciudadano Jean Carlos Vargas Fernández, C. I N° 16.748.991, de 26 años de edad, Soltero, hijo de Maritsa de Vargas y Mario Vagas, nació en fecha 04-10-1983, natural de esta ciudad, residenciado en el Barrio La Pastora, Calle 12 callejón 22, casa sin numero de esta ciudad. VERIFICADO EN EL SISTEMA, PRESENTA OTRA CAUSA, por el Tribunal de Ejecución Nº 3, en el Asunto KP01-P-2004-001087, por el delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, por el delito de posesión .....