En consecuencia y por cuanto la obviedad del error enunciado ameritó la tramitación del presente juicio de Rectificación de Acta de Defunción por el procedimiento ORDINARIO y por no existir interesado alguno que pudiera resultar perjudicado, éste Juzgado Primero de Primera Instancia, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la presente solicitud y ordena, a los ciudadanos Jefe de la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia Fraternidad, Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, Ciudad, y Registrador Principal del Estado Carabobo, Valencia, estampar la debida nota marginal en el Acta de defunción del ciudadano ADOLFO SUAREZ, previamente determinada, así, Donde dice:
"...deja doce hijos de Nombres: Margari del Valle, Arelys Margarita, Irene Coromoto, Belén Antonia, Tania Yasdira, Jenny del Valle, Alfred Javier y Juan Adolfo, Rodolfo José, José Alfredo, Marula del Valle, Ar.....