En la inhibición presentada en fecha 1º de abril de 2014, por la Abogada María Eugenia Mata, actuando en su condición de Juez Vicepresidente de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por los Abogados Cruz Figueroa de Valero y Luis Alfonso Chaló Cabello, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales del ciudadano AVELINO HENRÍQUEZ RODRÍGUEZ, contra la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, esta Corte dictó sentencia que declaró: 1. Su COMPETENCIA para conocer de la inhibición presentada 2. CON LUGAR la inhibición interpuesta 3. ORDENA constituir la Corte Primera Accidental de lo Contencioso Administrativo, previa convocatoria del Juez Suplente de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia