HOMOLOGACIÓN. Ambas partes exponen, que por cuanto la transacción arriba transcrita, no vulnera derechos irrenunciables de "LA ACTORA", ni normas de orden público, solicitan de este Despacho, se proceda a HOMOLOGAR el presente acuerdo transaccional, en los términos expuestos, dándole EFECTOS DE COSA JUZGADA. De conformidad con los Artículos 257, 258, 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil, y el Artículo 3, Parágrafo único de la Ley Orgánica del Trabajo y los Artículos 10 y11 de su Reglamento, y por cuanto que los acuerdos contenidos en la presente Acta son producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes; y en vista de que dichos acuerdos tienden a garantizar una armoniosa resolución de las controversias a que se refieren los procesos y a restablecer el equilibrio jurídico entre las partes; y en virtud de que los acuerdos alcanzados no son contrarios a derecho, y se adaptan a los criterios jurisprudenciales que han sido establecidos por el Tribunal S.....