Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ADMITE el Recurso de Apelación, interpuesto por la Abogada Yessenia Herrera Agüero, Defensora Pública Décima Tercera (13°), actuando con el carácter de Defensora del ciudadano WILLY PASTOR MENDOZA GARCIA; contra la decisión dictada en fecha 10 de Mayo de 2016 y fundamentada en fecha 23 de Mayo de 2016, por el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control Nro. 05 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante el cual decretó la Medida Preventiva Judicial de Libertad conforme al artículo 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Pena al ciudadano WILLY PASTOR MENDOZA GARCIA, por la presunta comisión de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal; EXTORSIÓN.....