D I S P O S I T I V A
Por todas las razones antes expuestas que este Tribunal de Control Nº 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la Solicitud formulada por la Representación Fiscal y REVOCA la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE DETENCION DOMICILIARIA, prevista en el artículo 256.1, del Código Orgánico Procesal Penal, y en su lugar DECRETA LA MEDIDA DE LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del Ciudadano DARWIN GREGORIO LEÓN DURAN, venezolano, natural de Barquisimeto, estado Lara, nacido en fecha 11/07/1989, estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- . 24.159.857, hijo de Dalia Francisca Duran y José Gregorio León. Residenciado en la calle San Miguel Bernardo San Rafael, casa Blanca, con puertas negras, cerca del Colegio 19, Cabudare, Municipio Palavecino del Estado Lara,.....