En mérito de los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de Nulidad de Acto Administrativo, interpuesta por la empresa PRODUCTOS ALIMEX C.A, antes identificada, en contra de la Providencia administrativa Nº 1764 de fecha 10 de junio de 2014, emanada de la Inspectoría del Trabajo del estado Lara sede "JOSE PIO TAMAYO", en el expediente administrativo signado con el Nº 005-2013-01-01920.
SEGUNDO: Se ordena la reincorporación del ciudadano ELI MARTÍN CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.279.097, a su puesto de trabajo, conforme a lo ordenado en el acto administrativo, una vez quede definitivamente firme la presente decisión.
TERCERO: No hay c.....