Conforme a lo expuesto este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, actuando en la competencia constitucional que tiene atribuida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 02 de agosto de 2002, por el Juzgado de Primera Instancia Agraria y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy que declaro Con Lugar la pretensión de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos JHONNY ZAMBRANO, ANA ARENAS, MANUEL PUERTAS, LUCAS ROMERO, GERTRUDIS OCHOA, MARSELA LUCENA, YORMAN SÁNCHEZ, EVA BARRETO, TITTO VELIZ Y MINDA GRATEROL, venezolanos, mayores de edad, cédula de identidad Nros. 11.406.276, 7.512.970, 2.523.816, 7.911.835, 8.517.214, 9.571.1547.589.477, 7.917.094, 10.527.924 y 7.909.075, respectivamente, asistidos por los abogados LIYEIRA PARRA y RODRIGO AGUAJE, identificados con cédulas Nros. 7.50.....