El Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CUMPLIDA VOLUNTARIAMENTE la Sentencia Definitiva N° 1825, dictada por este Órgano Jurisdiccional en fecha 13 de julio de 2012.
SEGUNDO: Se levanta la medida cautelar decretada por este Tribunal mediante Sentencia Interlocutoria Nº 85, de fecha 18 de octubre de 2008, cuyo monto fue modificado a la cantidad de Bs. 65.170,66 más la cantidad estimada prudencialmente por el Tribunal para responder del pago de los intereses en Bs. 6.517,07.-