Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación, interpuesto por el Abogado JOSE HERNANDEZ LARREAL, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana ANA RAMONA RIVERO DE HERNANDEZ, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuadragésimo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 21 de Febrero de 2007, en el que decidió lo siguiente: “Visto el escrito interpuesto por el abogado JOSE HERNANDEZ LARREAL, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANA RAMONA RIVERO DE HERNANDEZ, madre de quien en vida respondiera al nombre de BELKIS DEL CARMEN HERNANDEZ RIVERO, quien conoce, después de analizar tanto el Libelo de la querella, el poder, la cop.....