Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el RECURSO DE NULIDAD intentado por el ciudadano: ACILIO DOS SANTOS PINHAL, portugués, residente, titular de la Cédula de Identidad Nº E-81.125.576, en contra de la RESOLUCIÓN N° 003-2003-I, dictada por la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, de fecha: 06-03-2003.- En consecuencia, se deja sin efecto la Suspensión de los Efectos de la Resolución N° 003-2003-I, emanada de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, de fecha 06-03-2003.- SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.- TERCERO: Notifíquese a las partes de la presente decisión, de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese y Regístrese.-
Dada, firmada, sellada y refre.....