este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se declara:
INCOMPETENTE para conocer el presente recurso de nulidad, interpuesto por la abogada ELBA MILENA CHAVEZ RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.058.205, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.79.449, en su condición de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil MASTERFLEX DE VENEZUELA, C.A, contra el Acto Administrativo contenido en la Providencia Nro. 0087 de fecha 14 de marzo de 2006, dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN, DIEGO IBARRA y LOS GUAYOS DEL ESTADO CARABOBO. En consecuencia, se DECLINA la competencia ante los Juzgados de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
1. Asimismo, se ORDENA enviara la Unidad de.....