|
|
|
 |
|
|
Decisiones del dia 21/05/2018 |
|
|
|
|
|
|
|
N° Expediente :
8.563
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 21/05/2018 |
Procedimiento: Querella Funcionarial |
Partes: VICTOR MIGUEL MELENDEZ VS COMANDO DE POLICIA DEL ESTADO CARABOBO |
Resumen:
Este Juzgado considera conveniente notificar a la parte recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, por remisión expresa del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, para que informe, en un plazo máximo de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos el recibo de su notificación, si mantiene interés en que sea sentenciada la presente causa, así como también para que alegue las razones que justifiquen su inactividad, las cuales serán apreciadas y ponderadas por este juzgador, con la advertencia de que la falta de comparecencia ante este Órgano Jurisdiccional en el lapso indicado, hará presumir de pleno derecho la pérdida de interés en la misma y en consecuencia, se declarará extinguida la instancia y se ordenara el archivo del expediente. Así se declara.
|
Juez/Ponente:
Luis Enrique Abello Garcia
|
Organo:
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
|
N° Expediente :
8.566
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 21/05/2018 |
Procedimiento: Querella Funcionarial |
Partes: EUNICE COLMENAREZ LUCKERT VS CAMARA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO DEL ESTADO CARABOBO |
Resumen:
este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN y en consecuencia la EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA de la querella funcionarial, interpuesta por la abogada EUNICE COLMENAREZ LUCKERT, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.159.710, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 55.673, actuando en nombre propio y representación, contra la CAMARA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO DEL ESTADO CARABOBO
|
Juez/Ponente:
Luis Enrique Abello Garcia
|
Organo:
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
|
N° Expediente :
8.402
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 21/05/2018 |
Procedimiento: Querella Funcionarial |
Partes: RAQUELINA CAMPOS VS MUNICIPIO PUERTO CABELLO DEL ESTADO CARABOBO |
Resumen:
este Juzgador considera conveniente notificar a la parte actora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, por remisión expresa del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, para que informe, en un plazo máximo de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos el recibo de su notificación, si mantiene interés en que sea sentenciada la presente causa, así como también para que alegue las razones que justifiquen su inactividad, las cuales serán apreciadas y ponderadas por este juzgador, con la advertencia de que la falta de comparecencia ante este Órgano Jurisdiccional en el lapso indicado, hará presumir de pleno derecho la pérdida de interés en la misma y en consecuencia, se declarará extinguida la instancia y se ordenara el archivo del expediente. Así se declara
|
Juez/Ponente:
Luis Enrique Abello Garcia
|
Organo:
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
|
N° Expediente :
16.120
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 21/05/2018 |
Procedimiento: Querella Funcionarial |
Partes: GLEIDISMAR VICTORIA OLIVARES PACHECO VS CUERPO DE POLICIA DEL ESTADO CARABOBO |
Resumen:
Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionarial, incoada por la ciudadana OLLARVES PACHECO GLEIDISMAR VICTORIA, titular de la cedula de identidad N° V- 18.746.625, asistida por el abogado LUBEN LORENZO CASTILLO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 144.963 contra la Providencia Administrativa N° 038/2016 de fecha 13 de Junio de 2016, dictada por el Director General del Cuerpo de Policía del Estado Carabobo, en consecuencia:
1. PRIMERO: SE RATIFICA, LA VALIDEZ, LEGALIDAD Y EFICACIA, de la Providencia Administrativa Nº 038/2016 de fecha 13 de Junio de 2016, dictada por el Director General del Cuerpo de Policía del Estado Carabobo, en la cual destituyen a la ciudadana: OLLARVES PACHECO GLEIDISMAR VICTORIA, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.746.625, del cargo de Oficial (CPEC) adscrita a la Estación Poli.....
|
Juez/Ponente:
Luis Enrique Abello Garcia
|
Organo:
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
|
N° Expediente :
6.694
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 21/05/2018 |
Procedimiento: Querella Funcionarial |
Partes: JOAN MANUEL TABATA MORALES VS POLICIA DEL ESTADO CARABOBO |
Resumen:
Este Juzgado considera conveniente notificar a la parte recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, por remisión expresa del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, para que informe, en un plazo máximo de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos el recibo de su notificación, si mantiene interés en que sea sentenciada la presente causa, así como también para que alegue las razones que justifiquen su inactividad, las cuales serán apreciadas y ponderadas por este juzgador, con la advertencia de que la falta de comparecencia ante este Órgano Jurisdiccional en el lapso indicado, hará presumir de pleno derecho la pérdida de interés en la misma y en consecuencia, se declarará extinguida la instancia y se ordenara el archivo del expediente. Así se declara.
|
Juez/Ponente:
Luis Enrique Abello Garcia
|
Organo:
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
|
N° Expediente :
16.206
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 21/05/2018 |
Procedimiento: Querella Funcionarial |
Partes: MILAGROS DEL CARMEN REYES NUÑEZ VS INSTITUTO AUTÓNOMO MUNICIPAL POLICÍA DE VALENCIA (IAMPOVAL). |
Resumen:
Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la querella funcionarial, incoada por la abogada en ejercicio AIXA ALFONZO LAREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 28.835, actuando en su condición de apoderada judicial de la ciudadana MILAGROS DEL CARMEN REYES NUÑEZ, contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº PMV-DG-P-0525-08/2016, de fecha 26 de agosto de 2016, dictada por el Director General del Instituto Autónomo Municipal de la Policía de Valencia (IAMPOVAL) del Estado Carabobo, mediante el cual declaró PROCEDENTE aplicar la sanción de DESTITUCIÓN de la funcionaria policial MILAGROS DEL CARMEN REYES NUÑEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-18.411.140, en consecuencia:
1. PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, incoado por la abogada en ejercicio, AIXA ALFONZO LAREZ, inscrita en el .....
|
Juez/Ponente:
Luis Enrique Abello Garcia
|
Organo:
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
|
N° Expediente :
6.351
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 21/05/2018 |
Procedimiento: Nulidad Con Amparo |
Partes: MIGUEL COLMENAREZ LEON VS SECRETARIA DE PLANIFICACION, AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRITORIO DEL ESTADO CARABOBO |
Resumen:
Este Juzgado considera conveniente notificar a la parte recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, por remisión expresa del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, para que informe, en un plazo máximo de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos el recibo de su notificación, si mantiene interés en que sea sentenciada la presente causa, así como también para que alegue las razones que justifiquen su inactividad, las cuales serán apreciadas y ponderadas por este juzgador, con la advertencia de que la falta de comparecencia ante este Órgano Jurisdiccional en el lapso indicado, hará presumir de pleno derecho la pérdida de interés en la misma y en consecuencia, se declarará extinguida la instancia y se ordenara el archivo del expediente. Así se declara.
|
Juez/Ponente:
Luis Enrique Abello Garcia
|
Organo:
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
|
N° Expediente :
16.236
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 21/05/2018 |
Procedimiento: Querella Funcionarial |
Partes: MAGGLEN CAROLINA SANCHEZ JIMENEZ VS SERVICIO MUNICIPAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE PUERTO CABELLO (SEMAT-PC). |
Resumen:
Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la querella funcionarial, incoada por la ciudadana MAGGLEN CAROLINA SANCHEZ JIMENEZ, titular de la cédula de identidad Nº 11.744.155, debidamente asistida por la abogada María Graterol Gutiérrez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 47.651, contra la Resolución N° 008/2016 de fecha 18 de Octubre de 2016, emanada por el Superintendente del Servicio Municipal de la Administración Tributaria de la Alcaldía del Municipio Puerto Cabello (SEMAT-PC), en consecuencia:
1. PRIMERO: SE DECLARA la nulidad absoluta de la RESOLUCIÓN N° 008/2016 de fecha 18 de Octubre de 2016, emanada por el Superintendente Municipal de la Administración Tributaria de la Alcaldía del Municipio Puerto Cabello (SEMAT-PC), mediante el cual resolvió remover a la ciudadana MAGGLEN CAROLINA SANCHEZ JIMENEZ, ti.....
|
Juez/Ponente:
Luis Enrique Abello Garcia
|
Organo:
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
|
N° Expediente :
8.240
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 21/05/2018 |
Procedimiento: Querella Funcionarial |
Partes: RICHARD VILA GONZALEZ VS MUNICIPIO GUACARA DEL ESTADO CARABOBO |
Resumen:
Este Juzgador considera conveniente notificar a la parte actora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, por remisión expresa del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, para que informe, en un plazo máximo de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos el recibo de su notificación, si mantiene interés en que sea sentenciada la presente causa, así como también para que alegue las razones que justifiquen su inactividad, las cuales serán apreciadas y ponderadas por este juzgador, con la advertencia de que la falta de comparecencia ante este Órgano Jurisdiccional en el lapso indicado, hará presumir de pleno derecho la pérdida de interés en la misma y en consecuencia, se declarará extinguida la instancia y se ordenara el archivo del expediente. Así se declara
|
Juez/Ponente:
Luis Enrique Abello Garcia
|
Organo:
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
|
|
|
|
|