Vista la boleta de notificación Nº N-0090-2011, librada mediante auto de fecha 12 de abril de 2011, dirigida a los ciudadanos José Andrade, Pedro Andrade, Alfredo Marquez, Juan Carlos Maldonado y Luís Sánchez, titulares de la cédula de identidad N° 4.280.071, 4.280.070, 4.271.005, 7.683.384, y 5.117.104, respectivamente, en su carácter de Integrantes de la Junta Directiva de la Compañía Anónima AUTOMOTRIZ SIERREP, C.A., parte recurrente en el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto contra la Resolución N° 382 de fecha 30 de Junio de 1988, dictado por el Concejo Municipal del Distrito Sucre del Estado Miranda, mediante el cual se le informa por auto de esa misma fecha, que ha estado paralizada la presente causa, y en virtud de que el accionante no ha comparecido ni por si ni por medio de apoderados judiciales a fin de instar a que el Juez proceda a dictar sentencia, a los fines de garantizar el derecho a la defensa y al debido proceso establecido en el artícul.....