IV
DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
1.- COMPETENTE para conocer de la presente querella funcionarial ejercida por el ciudadano PEDRO ELEAZAR GONZALEZ MERCHÁN, titular de la cédula de identidad N° V-11.186.606, asistido por la abogada Susana Yaraguaracuto, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 67.185, contra el MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL por órgano de su CONCEJO MUNICIPAL, tendente a lograr la nulidad de los actos de Remoción y Retiro dictados en fechas 03 de marzo y 19 de mayo respectivamente, contenidos en los oficios DPL-184-2009 y DPL-465-2009, del cargo de Jefe de Unidad.
2.- SIN LUGAR la querella funcionarial interpuesta.